Los registros de diseños en España son regulados por la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) ubicada en Madrid, España. Todo el proceso de examen podrá durar apenas un mes hasta su registro y publicación. Los diseños españoles son registrados habitualmente por riguroso orden de solicitud en favor del primero en presentarlo. Las tasas de solicitud deberán ser sufragadas en el momento de ser presentado. El registro se concede por un período inicial de cinco años desde la fecha de presentación, renovable por períodos sucesivos de cinco años hasta un máximo de veinticinco años. Una vez que el diseño ha sido concedido, el titular tiene derecho a usarlo y a ejercer medidas frente a terceros que lo utilicen sin su consentimiento, tras la publicación de su concesión.
¿Por qué España?
Teniendo en cuenta que es una de las primeras economías europeas y mundiales, por su ubicación geo estratégica, su población y sus incentivos fiscales, podrá ser de relevancia registrar el diseño de aquellos productos que comercialice en el mercado español para el retorno de su inversión, sin importar el tamaño de su empresa o el sector industrial al que pertenezca. Ver más
Oficina nacional
Los registros de diseños industriales en España son regulados por la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) con sede en Madrid, España.
¿Qué puede registrarse?
Puede protegerse la apariencia visual externa, ornamental o aspecto estético de cualquier producto o artículo industrial o artesanal incluyendo embalajes, símbolos gráficos y los caracteres. Éstos podrán consistir en formas tridimensionales o bidimensionales, líneas o combinación de colores, siempre y cuando sean nuevos y posean carácter singular. Los productos complejos o partes de productos que puedan desmontarse y volverse a ensamblar también pueden ser protegidos como diseño nacional.
Solicitudes de diseño múltiples
Un diseño español permite la presentación de múltiples diseños o variantes en una única solicitud (hasta 50) aprovechando un descuento por volumen, siempre que todos pertenezcan a la misma clase de Locarno aunque no tienen por qué pertenecer a la misma subclase, salvo las ornamentaciones que disponen de una clase precisa, y su indicación esté claramente especificada. La manera en la que se especifica un producto o su clase Locarno no afectará ni determinará el alcance de la protección del diseño español registrado.
Período de gracia
El período de gracia permitirá solicitar el registro de un diseño industrial después de que hubiera sido divulgado o comercializado, sin destruir la novedad del diseño industrial, siempre que sea solicitado en España dentro de un año desde esa fecha de dicha primera divulgación o uso ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM).
Diseños registrados y no-registrados
Ambos diseños registrados y no registrados podrían conferir protección a su propietario contra cualquier acto ilícito, como comercializar el producto, ofrecerlo, fabricarlo, importarlo o exportar el producto, sin autorización de su titular. Sin embargo, hay algunos detalles importantes y diferencias a valorar antes de tomar una decisión:
1. Diseños registrados. La validez de un diseño registrado en España o en la Unión Europea es de cinco años desde la fecha de presentación y puede ser renovado en bloques de cinco años y hasta un máximo de 25 años, otorgando una protección a muy largo plazo. Una vez que su diseño se ha registrado podrá seguidamente usar el símbolo ® aplicado al producto o en su embalaje, confirmando que está registrado y sirviendo de advertencia a los competidores desleales que pretendan comercializar su diseño. Las medidas de protección que pueden ejercerse no solamente consisten en el derecho a impedir que terceros comercialicen copias idénticas de un producto, sino también contra las imitaciones confusas del producto u objeto cubierto por el diseño.
2. Diseños no registrados. Un diseño no registrado tendría protección por un período máximo de tres años en España y en la UE a partir de la fecha en la que el diseño fuese divulgado al público por primera vez en cualquier país de la Unión Europea. Para los casos en los que no esté seguro de si va a ser rentable, podrá comercializarlo directamente y si después resultase ser comercialmente viable, entonces podrá solicitar el registro antes de un año desde la primera divulgación, llamado «período de gracia». Sin embargo, si no fuese registrado durante dicho período de gracia de 12 meses, la protección del diseño no registrado caducará después de haber transcurrido tres años sin que sea ya posible extender este derecho. Por tanto, es preferible registrar su diseño, porque sin un registro puede ser muy difícil de probar sus derechos derivados de esa primera divulgación en el mercado así como para impedir que otros utilicen el mismo diseño o uno similar a su producto. Además, será mucho más fácil de emprender acciones legales contra infracciones de terceros o actos de competencia desleal en base a su diseño registrado. La protección de un diseño no registrado sólo conferirá el derecho a prohibir a terceros que comercialicen copias idénticas de ese producto. De todos modos, el período de protección conferido de tres años a los diseños no registrados es muy útil para los sectores industriales y comerciales que producen un gran número de diseños de productos efímeros en el mercado, en particular para la industria de la moda, siendo éste un plazo de protección práctico, suficiente y razonable.
¿Quién puede solicitar?
Todas las personas físicas y jurídicas, independientemente de su nacionalidad o residencia.
Diseñador
Podrá indicarse el nombre del diseñador(es) o creador(es) en la solicitud de diseño nacional, sin embargo no es obligatorio y puede renunciar al derecho a ser mencionado.
Clasificación de Diseños
Un diseño o varios diseños en una misma solicitud deben clasificarse correctamente indicando la naturaleza y el propósito del producto de acuerdo con la Clasificación de Locarno.
Validez
El diseño español se concede por un período inicial de cinco años, pudiendo ser renovado por períodos adicionales de cinco años con el pago de la tasa correspondiente y hasta un máximo de veinticinco años. Todos los derechos del diseño español se retrotraen a la fecha de presentación o a cuando fue divulgado por primera vez y no a cuando el diseño es concedido.
Reivindicación de prioridad
España es miembro de la Organización Mundial del Comercio y del Convenio de París lo que garantiza a los españoles cierta protección de sus derechos en todos los demás países miembros; El solicitante de un diseño español puede reivindicar la prioridad dentro de un plazo improrrogable de seis meses desde su presentación nacional cuando solicite el registro internacional del diseño en el extranjero. Además, cualquier persona o empresa que hubiera solicitado un diseño en algún país miembro del Convenio de París podrá reivindicar su fecha de presentación prioritaria dentro del plazo improrrogable de seis meses para el registro del diseño en España.
Aplazamiento de la publicación
Es posible retrasar la publicación de un diseño por un período máximo de 30 meses, a petición del solicitante.
Juzgados para infracciones de diseños
Las acciones legales por infracción de uso o competencia desleal de diseños en España deben ser llevadas ante el Juzgado de lo Mercantil competente ubicada en la ciudad del Tribunal Superior de Justicia de la comunidad autónoma donde esté domiciliado el demandado o, alternativamente, donde la infracción hubiera tenido lugar o efecto. Cuando el demandante invoca un diseño comunitario registrado, este se llevará a cabo ante el Juzgado de lo Mercantil de Alicante, España. Los recursos contra las sentencias del Juzgado de lo Mercantil de Alicante serán revisados por la Audiencia Provincial de Alicante.
Los servicios de valor añadido que ofrecemos para el registro de diseños nacionales pueden resumirse del siguiente modo:
Planificación de su estrategia de protección. Podemos ayudarle a planear su estrategia de protección de la propiedad industrial en los territorios deseados, de acuerdo a sus necesidades y presupuesto, pero siempre con el objetivo de conseguir la protección más amplia posible y evitando errores de presentación comunes que pudieran suponer una amenaza para la validez de sus derechos en el futuro.
Búsqueda gratuita
Llevaremos a cabo una búsqueda básica gratuita por posible titular o diseñador en todos los registros con efectos en España (EUIPO, OMPI, OEPM) para comprobar que su producto no esté registrado por un determinado propietario o diseñador y sea potencialmente viable antes de solicitar un diseño nacional. Si lo desea, también podremos realizar una búsqueda precisa y completa (en la actualidad, no habría búsquedas fiables con un coste razonable que recuperen diseños similares) junto con nuestro informe de búsqueda y una evaluación de riesgos, mediante el uso de herramientas y bases de datos que no son públicas. Esta es una labor altamente cualificada, que debe hacer un profesional especializado en propiedad industrial.
Presentación
Presentaremos la solicitud del diseño español en su nombre, con previsión de los aspectos relevantes y la forma correcta en la que debe solicitarse según el tipo de producto a ser registrado, el tipo y el número de vistas; hasta 7, que mejor representen a cada diseño o variante (plano, en alzada, sección transversal, en perspectiva), los colores a utilizarse si procede, etc. Disponemos de tarifas fijas para solicitudes de diseños y su seguimiento ante esta Oficina nacional, lo que le permitirá prever los costes estimados para la protección de sus diseños en España.
Seguimiento y gestión
Realizaremos el seguimiento de todo el proceso de registro de su diseño hasta ser finalmente publicado y le informaremos debidamente de toda comunicación oficial recibida de la OEPM, junto con nuestro asesoramiento preliminar sobre pasos a seguir o acción considerar, de ser necesario, así como el envío de la publicación, comunicándole todos los plazos tener en cuenta, incluyendo recordatorios y avisos del vencimiento de su próxima renovación, con antelación al plazo habilitado para evitar recargos o la pérdida del derecho.
Defensa. – Acciones oficiales
Si su solicitud de diseño fuese objetada y suspendida por la Oficina Española (OEPM) durante el examen formal al que toda solicitud de diseño deberá someterse, o si es impugnado por oposición de un tercero tras la concesión (oposición pos-registro), podremos estudiar los motivos citados de rechazo o la relevancia y diferencias con el derecho anterior en el que se basa la oposición y presentar la contestación a la OEPM en defensa de su derecho dentro del plazo límite, siguiendo la estrategia adecuada a fin de asegurar el éxito deseado y obtener así el registro definitivo de su diseño, y por tanto una protección de diseño sólida y efectiva frente a terceros. – Litigios. En acciones legales, podremos representar y asistir al demandante o en su casoal demandado en un procedimiento de infracción de derechos de diseño en los Tribunales españoles y europeos.
Otras acciones
Podemos gestionar cualquier asunto asociado a diseños industriales en España como la inscripción de licencias, cambios de nombre y transferencias de titular.
Representación ante la Oficina
Deberán nombrar a un representante nacional todas las personas físicas o jurídicas fuera de la UE y los de la UE sin un domicilio en España, o los miembros de la UE sin un domicilio español para notificaciones. Los no miembros de la UE siempre deberán estar representados por un Agente Oficial de la Propiedad Industrial acreditado (no un mero representante). ¡Estaremos encantados de ser su agente! Pregúntenos sobre la representación de nuestro agente colegiado y los servicios incluidos.
Todo el proceso puede durar menos de un mes.
Presentación de la solicitud de diseño en España
La solicitud deberá presentarse incluyendo la identificación del solicitante y del diseñador, una representación de hasta 7 vistas para cada diseño, clase de Locarno, junto con la definición de los productos cubiertos por el diseño y el pago de las tasas de solicitud para cada diseño incluido. La fecha de presentación de un diseño español conferirá un derecho provisional mientras es examinado y siga el procedimiento de rigor.
Examen formal
Una vez es solicitado el diseño en España, sus formalidades serán examinadas para comprobar que la clasificación y la indicación del producto son correctas, la representación de las vistas son lo suficientemente claras, las tasas cubren todos los diseños solicitados o si es requerido que el solicitante sea representado por un agente. Si se encuentra alguna objeción o defecto, el diseño será suspendido por el examinador y la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) notificará al solicitante de la ausencia de requisitos formales o deficiencias,disponiendo de un mes para subsanar la objeción o para contestar con sus propias alegaciones. Comprobación de novedad: La OEPM nunca comprobará la existencia de diseños anteriores ni la novedad o singularidad de su solicitud de diseño durante el procedimiento, lo que significa que sólo terceros podrán impugnar su registro de diseño mediante la presentación de una oposición tras el registro del diseño, nunca durante el procedimiento de examen.
Registro y publicación
Si no surgen objeciones oficiales o, si los hubiera pero la OEPM considerase que estos se defendieron o subsanaron debidamente, el diseño será registrado en España por un período inicial de cinco años desde su fecha de solicitud. El registro se publicará en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial y la OEPM emitirá el certificado título de registro, descargable vía electrónica. Esta decisión puede ser impugnada dentro de los dos meses siguientes a la publicación del registro.
Período de Oposición posterior a la concesión
La oposición deberá presentarse en el plazo de dos meses desde la publicación del registro. La OEPM dará una sola oportunidad de intercambio de alegaciones entre el oponente (oposición) y el solicitante (contestación) quien tendrá dos meses desde la publicación del suspenso para defender su diseño mediante la presentación de sus alegaciones en defensa o modificar el diseño si lo considerase necesario. Tanto la oposición como la defensa del diseño impugnado requieren ser debidamente argumentados puesto que el resultado de una decisión final puede derivaren un rechazo parcial o total del diseño nacional o bien puede confirmarse su registro.
Denegación
El diseño podrá ser denegado en su totalidad o en parte, si ha sido impugnado exitosamente u objetado por la OEPM. Esta decisión puede ser recurrida dentro de un mes desde la publicación de la denegación.
Los dibujos y modelos internacionales que designen España (en virtud del Arreglo de La Haya) tendrán el mismo efecto legal que un diseño español que hubiera sido presentado directamente en España, el cual deberá seguir un proceso semejante y cumplir con los mismos requisitos.
Información y requisitos para presentar una solicitud de diseño español:
- Nombre completo y la dirección del solicitante(s)-titular(es).
- Nacionalidad o país de establecimiento del solicitante(s)-titular(es).
- Nº de identificación fiscal (NIF / NIE), sólo si el solicitante es español o establecido en un país de la UE.
- Nombre y nacionalidad del diseñador(es).
- Datos completos del diseño y una buena representación gráfica de todas las vistas necesarias del diseño en JPG o similar.
- Descripción breve del producto(s) o diseño(s) que desea registrar.
- Datos de la solicitud prioritaria a ser reivindicada, si la hubiese, dentro de los 6 meses desde la primera fecha de la solicitud, junto con el certificado de prioridad.
- Primera divulgación del producto(s) o diseño(s) en España o en un país específico de la Unión Europea y en su caso el lugar.
- Instrucciones sobre cómo debemos proceder y su aprobación de los costes estimados.
- Pago inmediato por transferencia bancaria tras la emisión de la factura.
- Poder firmado por el solicitante (sin legalización) requerido por esta Oficina.
Contáctanos
A través de nuestro formulario de contacto si necesita asesoramiento sobre cualquier cuestión relacionada con diseños como:
- Registrar tu diseño en España o un registro de diseño internacional que designe nuestro país.
- Ser representado por nuestro agente en tu diseño registrado.
- Oponerse a un diseño español registrado por otro o declarar su nulidad.
- Defender tu diseño español o internacional que designe España de una impugnación, acción oficial o recurso.
- Emprender acciones legales contra otra persona o empresa que esté infringiendo tu derecho de diseño en España.
- Renovar tu diseño nacional por otro período de cinco años.
- Licenciar el uso de sus diseños o la venta y transmisión de su cartera para asegurar la inscripción de la cesión de algunos o todos los diseños a favor de un comprador.
Confidencialidad
Si esta será la primera presentación oficial de tu diseño, convendrá no divulgar a terceros sus características estéticas hasta no solicitar la protección de diseño, debido a que esa divulgación previa podría significar, en ciertos casos, que no pudiera protegerse después, o que su diseño pueda ser declarado nulo por cualquier tercero que demuestre esa divulgación anterior (por falta de novedad). Sin embargo, puedes comentarlas con nosotros de forma segura, porque como agente oficial de propiedad industrial y como abogados colegiados, cualquier información que nos reveles o intercambies con nosotros será tratada de forma totalmente confidencial, garantizándose el secreto profesional y utilizándola estrictamente para la finalidad o el servicio necesario que nos instruyas para realizar en tu nombre.