El registro internacional de diseños es un sistema que permite a los titulares de diseños la presentación de su solicitud centralizada ante la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), ubicada en Ginebra, Suiza, en virtud del Arreglo de La Haya, permitiendo una protección simultánea de hasta 100 diseños que pueden incluirse en una misma solicitud y que abarcan más de 60 países o regiones, aunque deberá someterse a las condiciones, requisitos, plazos de vigencia y legislación previstas por cada Oficina. No es preciso tener un registro básico de diseño para utilizar el sistema. Las tasas para cada oficina nacional o regional elegida se pagarán en el momento de la solicitud de diseño internacional. El diseño Internacional tendrá el mismo efecto que si la protección del diseño fuese presentada directamente ante cada una de las oficinas designadas en cuestión.
Aunque los territorios cubiertos por este sistema pueden parecer arbitrarios, el uso de este sistema de registro internacional de diseños deberá valorarse en muchos casos frente a la presentación país por país, debido al ahorro de costes en protección y en particular si son designadas algunas de las dos Oficinas regionales EUIPO y OAPI, así como por su procedimiento de registro simplificado, ya que será presentada en un idioma, un sólo juego de tasas previamente establecidas y en una divisa, además de la futura gestión de diseños internacionales que estará centralizada en la Oficina de la OMPI, como cualquier cambio en el Registro, puesto que consistirá en un solo expediente que abarcará diversos registros nacionales con un único plazo de renovación a controlar.
El Arreglo de La Haya y ¿Quién puede solicitar?
Este sistema está limitado a las personas o empresas que tengan un establecimiento industrial o comercial real y efectivo, o una dirección, en al menos uno de los países contratantes. El Arreglo de La Haya está constituido por tres Actas distintas, que deben ser consideradas según cada país que elija, ya que algunos son parte de una sola acta, algunos a dos, y otros a las tres:
El Acta de Ginebra (AG) de 1999;
El Acta de La Haya (AH) de 1960;
El Acta de Londres (AL) de 1934;
-Estado a 5 de Febrero de 2022-
Parte Contratante (Total: 77) | Continente | Parte del Acuerdo (Actas) | Duración máxima |
EG Egipto | África | AG, AL | 15 años |
MA Marruecos | África | AH, AL | 15 años |
NA Namibia | Africa | AG | 15 años |
OA (OAPI) Organización Africana de la Propiedad Intelectual (16 Estados miembros) | África | AG | 15 años |
OA-BJ Benín | África | AH, AL | 15 años |
OA-BW Botsuana | África | AG | 15 años |
OA-CI Costa de Marfil | África | AG, AH, AL | 15 años |
OA-GA Gabón | África | AH | 15 años |
OA-GH Ghana | África | AG | 15 años |
OA-ML Malí | África | AH | 15 años |
OA-NE Níger | África | AH | 15 años |
OA-SN Senegal | África | AH, AL | 15 años |
RW Ruanda | África | AG | 15 años |
TN Túnez | África | AG, AL | 20 años |
BZ Belice | América | AH | 10 años |
CA Canadá | América | AG | 15 años |
JM Jamaica | América | AG | 15 años |
MX México | América | AG | 25 años |
SR Surinam | América | AH, AL | 15 años |
ST Santo Tomé y Príncipe | América | AG | 15 años |
US Estados Unidos de América | América | AG | 15 años |
AM Armenia | Asia | AG | 15 años |
AZ Azerbaiyán | Asia | AG | 15 años |
BN Brunei Darussalam | Asia | AG | 15 años |
CN China (No incluye Hong Kong ni Macao) | Asia | AG | 15 años |
KH Camboya | Asia | AG | 15 años |
GE Georgia | Asia | AG, AH | 15 años |
JP Japón | Asia | AG | 20 años |
KG Kirguistán | Asia | AG, AH | 15 años |
KP República Popular Democrática de Corea | Asia | AH | 15 años |
IL República de Corea | Asia | AG | 20 años |
KR Israel | Asia | AG | 25 años |
MD República Moldava | Asia | AG, AH | 25 años |
MN Mongolia | Asia | AG, AH | 10 o 15 años |
OM Omán | Asia | AG | 15 años |
SG Singapur | Asia | AG | 15 años |
SY República Árabe Siria | Asia | AG | 15 años |
TJ Tayikistán | Asia | AG | 15 años |
TM Turkmenistán | Asia | AG | 15 años |
VN Viet Nam | Asia | AG | 15 años |
TR Turquía | Asia | AG | 25 años |
UE (EUIPO) Unión Europea (27 estados miembros) | UE | AG | 25 años |
UE-BE Bélgica | UE | AG, AH | 25 años |
UE-BG Bulgaria | UE | AG, AH | 25 años |
UE-DE Alemania | UE | AG, AH, AL | 25 años |
UE-DK Dinamarca | UE | AG | 25 años (excepto: repuestos, 15 años) |
UE-EE Estonia | UE | AG | 25 años |
UE-ES España | UE | AG, AL | 25 años |
UE-FI Finlandia | UE | AG | 25 años (excepto: repuestos, 15 años) |
UE-FR Francia | UE | AG, AH, AL | 25 años |
UE-GR Grecia | UE | AG, AH | 25 años |
UE-HR Croacia
| UE | AG, AH | 25 años |
UE-HU Hungría | UE | AG, AH | 25 años |
UE-IT Italia | UE | AG, AH, | 25 años |
UE-LT Lituania | UE | AG | 25 años |
UE-LU Luxemburgo | UE | AG, AH | 25 años |
UE-LV Letonia | UE | AG | 25 años |
UE-NL Países Bajos | UE | AG, AH | 25 años |
UE-PL Polonia | UE | GA | 25 años |
UE-RO Rumania | UE | AG, AH | 25 años |
UE-SI Eslovenia | UE | AG, AH | 25 años |
AL Albania | Europa | AG, AH | 15 años |
BA Bosnia y Herzegovina | Europa | AG | 25 años |
BY Belarús | Europa | AG | 15 años |
CH Suiza | Europa | AG, AH | 25 años |
GB Reino Unido | Europa | AG | 25 años |
IS Islandia | Europa | AG | 25 años |
LI Liechtenstein | Europa | AG, AH, AL | 25 años |
MC Mónaco | Europa | AG, AH, AL | 50 años |
ME Montenegro | Europa | AG, AH | 15 años |
MK Macedonia | Europa | AG, AH | 25 años |
NO Noruega | Europa | AG | 25 años |
RS Serbia | Europa | AG, AH | 25 años |
RU Federación Rusa | Europa | AG | 25 años |
SM San Marino | Europa | AG | 25 años |
UA Ucrania | Europa | AG, AH | 15 años |
VA Santa Sede | Europa | AH, AM, AE | — |
WS Samoa | Oceanía | AG | 15 años |
¿Qué puede registrarse?
Puede protegerse la apariencia visual externa, aspecto ornamental o estético de cualquier producto o artículo industrial o artesanal, incluyendo los embalajes, símbolos gráficos y caracteres de imprenta, incluyendo cualquier producto tridimensional o diseño bidimensional, las líneas o combinación de colores, siempre y cuando sean nuevos y posean carácter singular. Los productos complejos o partes de productos que puedan ensamblarse y desmontarse también pueden ser protegidos como diseño internacional.
La Oficina Española (OEPM). España ha contratado la mayor parte de los actos del Sistema de La Haya, por lo que los propietarios de diseños de cualquiera de las Oficinas contratantes podrán designar España mediante este sistema. Además, los solicitantes españoles(nacionales o residentes) que basen su diseño español en el registro internacional podrán optar por la mayoría del conjunto de países o regiones pertenecientes al Sistema.
La Unión Europea (EUIPO). La UE sólo ha firmado el Acta de Ginebra por lo que los solicitantes que deseen designar los 28 Estados miembros de la UE (diseño comunitario registrado) pueden hacerlo si el país del origen del solicitante ha contratado este acta. Además, aquellos titulares basándose en su diseño comunitario para el registro internacional del diseño sólo podrán elegir los países o regiones que formen parte del Acta de Ginebra.
Solicitudes de múltiples diseños
Podrán incluirse uno o hasta 100 diseños o variantes en una misma solicitud de diseño internacional, siempre que todos pertenezcan a la misma clase de Locarno, aunque no se exige que pertenezcan a la misma subclase. No hay límite en el número de visitas por cada diseño, aunque sí deberá abonarse una tasa a la OMPI para cada vista aportada.
Idiomas
El inglés, francés y español son los idiomas del Sistema de La Haya, siendo útil y atractivo tanto para españoles como para las empresas y diseñadores hispano parlantes de otros estados miembros que deseen proteger sus diseños internacionalmente.
Validez
Los diseños internacionales se conceden por un periodo inicial de cinco años, pero el plazo máximo puede variar en cada uno de los países designados en la solicitud (aprox. de 10 a 25 años, y hasta 50 años en algunos casos).
Diseñador
En muchos países deberá indicarse el nombre del diseñador(es) o creador(es) en la solicitud de diseño, sin embargo, no sería obligatorio ser mencionado y podría renunciarse a este derecho.
Renuncias y descripciones
En algunos países es obligatorio incluir una renuncia/exclusión o una descripción del diseño.
Clasificación de Diseños
Un diseño o varios diseños en una solicitud deberán estar correctamente clasificados e indicar también la naturaleza y la definición del producto de acuerdo con la Clasificación de Locarno.
Aplazamiento de la publicación
En algunos países, la publicación de un diseño puede aplazarse por un período máximo de 30 meses a partir de la presentación o de la fecha de prioridad a petición del solicitante.
Juzgados de infracción de diseños
Las acciones legales para los casos e infracción o competencia desleal relacionadas con los diseños internacionales deben ser instadas el tribunal nacional competente en el que país dónde se cometió la infracción diseño.
Los servicios de valor añadido que ofrecemos para el registro internacional de diseños pueden resumirse del siguiente modo:
Planificación de tu estrategia de protección. Podemos ayudarte a planificar tu estrategia de protección de la propiedad industrial en cualquier territorio deseado, de acuerdo a tus necesidades y presupuesto, pero siempre con el objetivo de obtener la protección más amplia posible, evitando a su vez errores de presentación frecuentes que podrían suponer una amenaza para la validez de tu derecho en el futuro.
Búsqueda gratuita
Llevaremos a cabo una búsqueda básica gratuita por posible titular o diseñador en todos los registros, con efectos en la Unión Europea (EUIPO, OMPI, OEPM) para comprobar que su producto no esté registrado por un determinado titular o diseñador y pudiera ser viable antes de solicitar un diseño internacional. Si lo desea, también podremos realizar una búsqueda precisa y completa (en la actualidad no habría búsquedas fiables y con un coste razonable que recuperen diseños similares) junto con nuestro informe de búsqueda y una evaluación de riesgos, mediante el uso de herramientas y bases de datos que no son públicas. Esta es una labor altamente cualificada, que debe hacerse por un profesional especializado en propiedad industrial.
Presentación
Presentaremos la solicitud de diseño internacional en tu nombre, previendo los aspectos relevantes y la forma correcta en la que debe solicitarse según el tipo de producto a registrarse, el número de vistas, que mejor representen a cada diseño o variante (plano, en alzada, sección transversal, en perspectiva), los colores a utilizarse en su caso, etc. Tenemos honorarios fijados para la solicitud de diseños y seguimiento ante esta Oficina internacional lo que te permitirá prever los costes estimados para la protección de su diseño en los países y regiones de este sistema.
Seguimiento y gestión
Realizaremos un seguimiento de todo el procedimiento de tu diseño hasta su registro, informándote debidamente de toda comunicación oficial recibida de cada Oficina, junto con nuestro asesoramiento preliminar sobre pasos a seguir o acciones considerar, si fuese necesario, así como el envío de la publicaciones, notificándote todos los plazos tener en cuenta, incluyendo recordatorios y avisos de próximos plazos de renovación, con antelación al vencimiento para evitar recargos o la pérdida del derecho.
Defensa. – Acciones oficiales
Si tu diseño fuese objetado y suspendido por una Oficina nacional o regional durante el examen formal al que debe someterse cada solicitud, o si es impugnado por un tercero tras la concesión (oposición o declaración de nulidad), podremos estudiar los motivos señalados en el suspenso o la relevancia y diferencias con el derecho anterior en el que se basa la acción de nulidad y presentar la contestación ante la Oficina en defensa de sus derechos dentro del plazo límite, siguiendo la estrategia adecuada para perseguir el éxito deseado y conseguir el registro definitivo de su diseño así como una protección sólida y efectiva del diseño frente a terceros. – Litigios. En acciones legales, podremos representar y asistir directamente al demandante o en su caso al demandado en procedimientos de infracción de derechos de diseño en los Tribunales españoles y el europeo, o bien a través de nuestros corresponsales locales en cualquier lugar del mundo.
Otras acciones
Podemos gestionar cualquier asunto relacionado con diseños internacionales como la inscripción de licencias, cambios de nombre y transferencias de titular.
Representación ante la Oficina
Todas las personas físicas o jurídicas cuyo estado sea contratante de este sistema pueden presentar directamente un diseño internacional ante la OMPI, sin la necesidad de un representante o agente. No obstante, en el caso de surgir una acción oficial en la que deba contestarse o interponerse recurso contra la misma, se requerirá al solicitante que nombre a un representante por la oficina nacional o intergubernamental en cuestión. ¡Estaremos encantados de ser tu agente! Pregúntanos sobre la representación de nuestro agente ante la OEPM o la EUIPO así como por los servicios incluidos.
El proceso se divide en dos etapas; la primera entre la OMPI y la segunda entre las Oficinas contratantes designadas, que gestionarán la solicitud de diseño internacional según las condiciones de cada jurisdicción.
En la Oficina Internacional.
1. Presentación del diseño internacional. La presentación deberá incluir la identificación del solicitante y del diseñador, una representación o visitas de cada diseño (sin límite en cuanto a número de visitas), la clase de Locarno, junto con una definición de los productos cubiertos por el diseño así como el pago las tasas de solicitud necesarias para cada diseño solicitado. – 2. Examen formal. Una vez presentada la solicitud de diseño internacional, la OMPI examinará sus formalidades para asegurarse que la clasificación y la indicación del producto son correctas, la representación de las vistas son lo suficientemente claras y los gastos cubren todos los diseños solicitados. La OMPI no comprobará la novedad y por tanto no rechazará una solicitud internacional de diseño por falta de novedad o cualquier otro motivo de fondo. – 3. Publicación. Si la solicitud cumple con los requisitos formales, será publicada en el Boletín de Dibujos y Modelos Internacionales.
En la oficina nacional o regional.
4. Examen de fondo: Las oficinas nacionales o regionales podrían rechazar un diseño por motivos de falta de novedad o facilitar plazos para que terceros puedan impugnar su registro de diseño. Estas oficinas designadas no pueden señalar objeciones respecto a sus formalidades, ya que éstas fueron previamente examinadas por la OMPI. Los rechazos provisionales por motivos de fondo acordados por las Oficinas nacionales de examen deberán ser notificados a la OMPI en el plazo de seis hasta doce meses desde la fecha de publicación en el Boletín de Dibujos y Modelos Internacionales. – 5. Registro. Cuando no se emitiese ninguna notificación de rechazo dentro del plazo estipulado, la Oficina nacional deberá enviar a la Oficina Internacional un acuerdo de concesión de la protección o, en caso de que la OMPI no recibiese ninguna notificación de denegación de la Oficina nacional dentro de dicho período, se considerará que el diseño internacional ha quedado protegido en esa Oficina nacional o regional.
Información y requisitos para presentar una solicitud de diseño internacional:
- Nombre completo y la dirección del solicitante(s)-titular(es).
- Nacionalidad o país de establecimiento del solicitante(s)-titular(es).
- Nº de identificación fiscal (NIF / NIE), sólo si el solicitante es español o establecido en un país de la UE.
- Nombre y nacionalidad del diseñador(es).
- Lista de los países o regiones en los que deseas obtener la protección del diseño.
- Datos completos del diseño y una buena representación gráfica de todas las vistas necesarias del diseño en JPG o similar.
- Descripción breve del producto(s) o diseño(s) que deseas registrar.
- Datos de la solicitud prioritaria a ser reivindicada, si la hubiese, dentro de los 6 meses desde la primera fecha de la solicitud, junto con el certificado de prioridad.
- Fecha de la primera divulgación del producto(s) o diseño(s) en un país específico de la Unión Europea y en su caso el lugar.
- Instrucciones sobre cómo debemos proceder y su aprobación de los costes estimados.
- Pago inmediato por transferencia bancaria tras la emisión de la factura.
- Poder firmado por el solicitante (sin legalización), requerido por la Oficina internacional.
Contáctanos
a través de nuestro formulario de contacto si necesita asesoramiento sobre cualquier cuestión relacionada con diseños como:
- Registrar tu diseño internacional.
- Ser representado por nuestro agente en tu diseño registrado.
- Oponerse o declarar la nulidad de un registro de diseño internacional solicitado por otro.
- Defender tu diseño internacional en un país de elección de una oposición, acción de nulidad o recurso.
- Emprender acciones legales contra otra persona o empresa que esté infringiendo su derecho de diseño en España.
- Renovar tu diseño internacional registrado por un período adicional de cinco años.
- Licenciar el uso de tu diseño o la venta y transmisión de tu cartera para asegurar la inscripción de la cesión de algunos o todos los diseños a favor de un comprador.
Confidencialidad
Si esta será la primera presentación oficial de tu diseño, será conveniente no divulgar a terceros sus características estéticas hasta no solicitar la protección de diseño, debido a que esa divulgación previa podría significar, en ciertos casos, que no pudiera protegerse después, o que su diseño pueda ser declarado nulo por cualquier tercero que demuestre esa divulgación anterior (por falta de novedad). Sin embargo, puedes comentarlas con nosotros de manera segura, porque como agente oficial de la propiedad industrial y abogados colegiados, cualquier información que nos reveles o intercambies con nosotros será tratada de forma totalmente confidencial, garantizándose el secreto profesional y utilizándola estrictamente para el propósito o el servicio necesario que nos instruyas para llevar a cabo en tu nombre.